TITULO
I.-
DISPOSICIONES
GENERALES.
ARTICULO
1º.
-
OBJETO.
funcionamiento
interno
de
todos
los
componentes
del
C.D.P.A. Salesianas Nervión
(SANEL).
ARTICULO
2º.
-
AMBITO
DE
APLICACIÓN.
2.1.
Los
deportistas
inscritos
en
el
Club
desde
la
formalización
de
inscripción
hasta
su
baja.
2.2.
A
todo
personal
técnico
del
Club.
2.3.
A
todos
los
socios
desde
el
momento
de
la
inscripción
hasta
su
baja
en
el
club,
en
aquellos
aspectos
en
que
les
sea
aplicable.
2.4.
A
todas
aquellas
personas
o
entidades
que
por
cualquier
motivo
y
temporalmente
formen
parte
del
Club.
2.5.
Cualquier
instalación
deportiva,
local,
edificio
o espacio
a los
que
se
desplacen
los
componentes
del
Club
en
su
totalidad
o
en
parte,
bien
sea
de
modo
esporádico
o
habitual
para
realizar
las
actividades
deportivas.
TITULO
II.
COMPOSICION
Y
ESTRUCTURA.
CAPITULO
I.
ORGANOS
DE
GOBIERNO.
a)
Asamblea
General de Socios.
b)
Junta
Directiva.
c)
Comisiones;
económica,
deportiva
y
otras
que
pudieran
establecerse.
d)
Unipersonales:
Presidente,
Vicepresidente,
Tesorero-Secretario,
Director
Deportivo
y
responsables
de
área.
-
Coordinación
general
de
todo
el club.
Convocar
las
reuniones
de
la
Junta directiva.
-
Representación
del
club
ante
las
instituciones.
-
Representación
institucional
y contacto
institucional
con
los
medios.
-
Coordinar
la
elaboración
del
Proyecto
de
Actuación
de
la
temporada.
-
Captación
de
patrocinadores.
-
Sustituye
al
Presidente
en
su
ausencia.
-
Se
ocupará
de
cuantas
tareas
le
delegue
el
presidente.
-
Persona
de
contacto
con
los
medios
de
comunicación
para
realización
de
manifestaciones
oficiales
del
club.
-
Redacción
de
las
actas
de
todas
las
reuniones
de
la
Dirección
del
Club.
Redacción
de
las
actas
de
todas
las
comisiones
institucionales.
-
Realización
de
un
registro
de
actas
y
acuerdos.
-
Realización
de
los
documentos
oficiales
del
Club.
Todos
los
documentos
del
Club
deben
llevar
la
firma
del
Secretario,
a
excepción
de
los
documentos
del
área
deportiva.
-
Elaboración
y seguimiento
de
presupuestos.
-
Control
de
ingresos
y
gastos-pagos.
Seguimiento
económico.
Control
cuentas
bancarias.
-
Seguimiento
económico
de
las
iniciativas
de
marketing,
promoción,
etc.
(facturación,
ingresos/gastos/balances).
-
Registro
de
facturas.
-
Redacción
de
recibos
y
justificantes
de
patrocinios.
-
Seguimiento
y
relación
de
patrocinios.
-
Convocar,
al
menos
una
vez
al
trimestre,
la
Comisión
de
Seguimiento
Económico.
Preparación
de
solicitud
de
subvenciones:
Subvención
IMD y Junta de Andalucía.
4.6.
Coordinador Área Deportiva.
-
Convocar
y
dirigir
las
reuniones
de
entrenadores/as
del
club
y
los
coordinadores deportivos de área.
-
Elaboración
de
la
propuesta
de
captación
y
promoción
en
el
barrio,
ciudad
y centros
educativos.
-
Convocar
y
dirigir,
al
menos
una
vez
al
trimestre,
-
Principal
contacto
a
nivel
deportivo
con
los
medios
de
comunicación.
-
Elaboración
de
la
Propuesta
deportiva
de
la
temporada.
continuación
se
detallan.
-
Merchandising
y
equipaciones
de
promoción.
Artículos
e
iniciativas
de
promoción
del club.
-
Captación de colaboradores y anunciantes.
-
Elaboración de cartelería.
-
Preparación de tómbolas.
-
Organización
de
eventos
y
actos
sociales
del club..
Las
funciones
del
coordinador
del
área
de
Recursos
y
Promoción
Social
serán
las
que
a
continuación
se
detallan.
-
Control
de
los
recursos
materiales
del
club.
Inventario
de
materiales
y
control
de
pérdidas.
-
Pedido
equipación
oficial
del
club.
-
Elaboración
del
programa
de
actos
de
promoción
y
participación
social.
-
Dirección
de
la
página
web.
Comunicados
web.
-
Recepción
y
coordinación
de
todo
tipo
de
comunicados
y
circulares
elaborados
desde
el club.
-
Difusión
de
los
resultados
semanales
a
la
prensa.
Las
funciones
del
coordinador
del
área
de
Comunicación
serán
las
que
a
continuación
se
detallan.
-
Elaboración del proyecto educativo pastoral de la temporada.
-
Seguimiento y evaluación de objetivos.
-
Coordinación de la formación educativa-pastoral de monitores deportivos.
Comisión
de
seguimiento
económico
y
patrocinio.
Esta
comisión
estará
formada
por
los
siguientes
miembros.
-
Presidente
/
Vice-presidente.
-
Secretario.
- Tesorero.
-
Coordinador
área
de
marketing
y
publicidad.
-
Presidente
/
Vice-presidente.
-
Secretario.
-
Coordinador
Área
Deportiva.
-
Director
Deportivo.
Se
podrán
nombrar
comisiones
para
eventos
específicos,
como
celebración
de
aniversarios
del
Club.
Estas
comisiones
tendrán
un
período
de
existencia
marcado
por
su
cometido.
ARTICULO
5º.
DERECHOS
DE
-
Tener
voz
v voto
en
las
reuniones
de Junta
Directiva.
-
Desempeñar
digna,
eficaz
y
lealmente
las
funciones
inherentes
a
su
cargo.
Representar
al club
en
todos
los
eventos
que
participe.
-
Participar
en
las
diferentes
actividades
que
organice
el
Club.
-
Mantener
relaciones
cordiales
con
los
jugadores/as,
entrenadores/as
y
padres.
-
Ser
informado
puntualmente
en
Junta
Directiva
del
funcionamiento
de
las
distintas
áreas.
-
A que
sus
opiniones
sean
respetadas
y
se
mantenga
la
confidencialidad
de
las
mismas
en
los
asuntos
internos
de
cada
uno
de
los
temas
que
se
tratan
en
las
reuniones
de
Junta
Directiva
-
Velar
y colaborar
por
el
cumplimiento
de
los
objetivos.
-
Acatar
y
cumplir
los
acuerdos
de
-
Participar
regularmente
en
las
actividades
programadas.
-
Asistir
a
las
reuniones
de
Junta
Directiva
convocadas
por
el
Presidente.
-
Ejercer
fiel
y
éticamente
aquellos
cargos
para
los
que
fueran
elegidos.
-
Respetar
la
libre
manifestación
de
opiniones
de
otros
miembros
de
la
Junta
-
Directiva,
así
como
a
no
entorpecer,
en
la
forma
que
sea,
las
actividades
del
Club.
-
Respetar
la
confidencialidad
de
los
asuntos
internos
de
cada
uno
de
los
temas
que
se
tratan
en
las
reuniones
de
Junta
Directiva
ARTÍCULO
7º.
- PRINCIPIOS
DE
ACTUACION.
7.1.
Los
órganos
de
gobierno
velarán
para
que
las
actividades
del
Club
se
desarrollen
dé
acuerdo
con
el
proyecto
(ideario)
del
mismo,
con
el
objeto
de
hacer
posible
la
efectiva
realización
de
los
fines
previstos.
7.2.
Los
órganos
del
Club
garantizarán,
en
el
ámbito
de
su
competencia,
el
ejercicio
de
los
derechos
reconocidos
a
los
jugadores/as,
entrenadores/as,
delegados,
padres
y
madres
y
velarán
por
el
cumplimento
de
los
deberes
correspondientes.
Asimismo,
favorecerán
la
participación
efectiva
de
todos
los
miembros
del
Club
en
la
vida
del
mismo,
en
su
gestión
y
en
su
evaluación.
CAPITULO
II.
DIRECCIÓN DEPORTIVA Y
ENTRENADORES/AS.
ARTÍCULO
8º.-
FUNCIONES.
-
Gestión
deportiva
de
instalaciones.
-
Buscar y elaborar propuestas de plantillas de entrenadores/as.
-
Planificar junto a su cuerpo técnico la programación deportiva de la
temporada.
-
Supervisar el trabajo de los coordinadores.
-
Visionar entrenamientos y partidos para garantizar el cumplimiento de
objetivos marcados por el Club.
-
Informar semanalmente por escrito de la marcha de las distintas secciones.
-
Asistir a las Reuniones de Junta Directiva, cuando se le requiera o a
propuesta de
-
Control del material deportivo de las distintas secciones.
-
Gestión y coordinación de la formación de entrenadores/as a través de la
escuela de entrenadores/as.
docente
en
ámbito
deportivo,
y
cuyo
ejercicio
se
orientará
a
la
realización
de
los
fines
educativos
y
deportivos
establecidos
en
el
ideario
del
Club,
durante
su
vinculación
con
el
Club.
Deberán
estar
debidamente
titulados
y con
conocimientos
adecuados
a la
función
a desarrollar.
Por
su
proximidad
al
jugador/a,
constituyen
el
núcleo
principal
de
su
formación
y
gozan
de
la
absoluta
confianza
tanto
del
Director
Deportivo
como
de
9.1.
Los
entrenadores/as
ostentan
los
siguientes
derechos:
-
A
ejercer
sus
funciones
dentro
del
respeto
al
ideario
del
Club,
y
las
directrices
marcadas
por
-
A
ser
informados
por
quien
corresponda
de
los
asuntos
que
atañen
al
Club
en
general
y a
ellos
en
particular.
-
A
ser
tratados
con corrección
y respeto
por
el resto
de
estamentos
e integrantes
del
Club.
-
A
utilizar
los
medios
materiales
e instalaciones
para cumplir
los
fines
del
mismo
y con
arreglo
a las
normas
que regulen
su
uso.
-
A
presentar
peticiones,
sugerencias
y
quejas
formuladas
por
escrito,
ante
los
Órganos
de
Gobierno
del
Club.
-
Recibir,
en
los
plazos
estipulados,
las
compensaciones
económicas
por
los
gastos
de
desplazamiento
u otros
que
se
deriven
del
desarrollo
de
su
función.
-
Solicitar
de
ARTICULO
10º
DEBERES
DE
LOS
ENTRENADORES/AS.
0.1.
Los
entrenadores/as
tienen
los
siguientes
deberes:
-
Elaborar
la
planificación
anual
de
su
equipo,
en
tiempo
y
forma,
y
una
vez
aprobada
por
-
Cumplir
con
los
horarios
establecidos
para
las
diferentes
actividades
(partidos,
entrenamientos,
desplazamientos,
etc.)
En caso
de
prever
con
antelación
la
imposibilidad
de
asistir
a
una
actividad,
deberá
comunicarlo
urgentemente
al
Director
Deportivo
y
a
su
vez
tratar
de resolverlo
inicialmente
el/la
afectado/a.
-
Participar,
salvo
causa
justificada,
en
todas
las
actividades
programas
por
el
club,
así
como
en
aquellas
a las
que
sea
debidamente
convocado.
-
Mantener
una
conducta
respetuosa
y
digna
en
el
desarrollo
de
su
función,
así
como
en
su relación
con
los
distintos
estamentos
y
miembros
del
Club,
haciendo
hincapié
con
los
deportistas.
-
Desempeñar
con
competencia
las
tareas
y
actividades
correspondientes.
Reuniones
de
entrenadores/as,
de
formación,
aplicación
del
protocolo
de
lesión
de
jugadores/as
o
cualquier
otra
actividad
aprobada
en
Junta
Directiva
y
refrendada
en
las
reuniones
de
entrenadores/as.
-
Atender
consultas
de
los
deportistas,
estimular
su
esfuerzo
y
favorecer
la
convivencia
y
el
desarrollo
de
todos
los
valores
señalados
en
el
Ideario
del
Club.
-
Atender
las
consultas
de
los
padres
de
los
deportistas
en
orden
a
compartir
la
tarea
de
educadores
en
el
ámbito
de
su competencia.
-
Aplicar
el
régimen
disciplinario
del
Club,
en
el
nivel
de
su competencia.
-
Cumplimentar
el
Diario
de Entrenamiento
o libro
de
entrenamiento
en
los
aspectos
técnicos
y en
los
referidos
a
la
asistencia
y comportamiento
de
los
deportistas.
-
Mantener
el
espacio
deportivo
limpio
y
ordenado
durante
su
presencia
en
el mismo.
-
Están
obligados
a
colocar
y
guardar
los
elementos
necesarios
para
el
desarrollo
de
entrenamientos
y
partidos
(redes,
balones,
banquillos
etc.).
-
Respetar
y cumplir
los
acuerdos
tomados
por
-
Llevar
siempre
el
equipamiento
deportivo
adecuado
a
la
actividad
de
que
se
trate,
cumpliendo
en
todo
momento
las
especificaciones
que
para
el
mismo
se
detallan,
así
como
velar
porque
los
deportistas
lleven
la
indumentaria
adecuada
en
cuanto
a
su
idoneidad
y
seguridad.
-
Aceptar
y
facilitar
que
entrenen
y
puedan
ser
convocados
los
jugadores/as
de
otras
categorías
y equipos
del
club
a
propuesta
del
Director
Deportivo,
en
los
equipos
que
son
responsables.
-
Acordar
con
el
Director
Deportivo
la
solicitud
de
jugadores/as
de
otras
categorías
y
equipos
del
Club,
para
que
entrenen
y
puedan
ser
convocados
en
los
equipos
que
son
responsables,
siempre
que
estén
autorizados
para
jugar
en
esa
categoría.
-
Preocuparse
de
su
formación
técnica
de
forma
permanente.
-
Presentar
al
Director
Deportivo,
Comisión
Deportiva,
Junta
Directiva,
cualquier
iniciativa
que
afecte
a cualquier
miembro
del
club,
para
su
aprobación
si
procede.
-
Obligación
de
informar
a
Se consideran
jugadores/as
los
integrantes
de
los
equipos
federados,
no
federados
y
los
alumnos
de
las
Escuelas
Deportivas
dependientes
del
mismo
durante
el
transcurso
de
su
vida
deportiva
en
Club
SANEL
En
lo
referente
a
su
integración
y
pertenencia
al
Club
deberán
cumplir
con
los
requisitos
en
cuanto
a hoja
de
inscripción,
documentación
a
aportar,
cuotas,
etc.
asumiendo
todo
lo
especificado
en
este
Reglamento
de
Régimen
Interno
y
demás
normativas
aprobadas
por
el
Club.
ARTICULO
11.-
DERECHOS
DE
LOS
JUGADORES/AS.
11.1.
Todos
los
jugadores/as
ostentan
los
siguientes
derechos:
El jugador/a
tiene
derecho
a
recibir
una
formación
que
asegure
el
pleno
desarrollo
de
su
personalidad.
Todos
los
Jugadores/as
tiene
derecho
a
tener
las
mismas
oportunidades
de
acceso
a
todos
los
equipos
del
Club.
No
habrá
más
limitaciones
que
las
derivadas
de
su aprovechamiento
y
sus
aptitudes
para
el
juego.
Para
asegurar
este
derecho,
el
Club
SANEL
se
compromete
a
facilitar:
-
Un
entrenador/a.
-
Instalaciones
deportivas
para realizar
la
práctica
deportiva.
- Equipamiento
deportivo.
-
Un
horario
de
entrenamiento.
-
La
participación
de
los
equipos
en
Competiciones
Oficiales
o
campeonatos
organizados
por
el
IMD de Sevilla, Educación y Gestión
o comunidad
autónoma
de
Andalucía.
-
La
enseñanza
de
la
disciplina
deportiva.
-
Recibir
la
enseñanza
y
preparación
adecuada
según
su
edad,
para
iniciarse
o
perfeccionarse
en
el
deporte elegido.
-
La
debida
educación
deportiva
que
contribuya
a
completar
la
formación
integral
del
deportista.
-
Todos
los
jugadores/as
tienen
derecho
a
que
se
respete
su
integridad
física,
moral
y
su
dignidad
personal,
no
pudiendo
ser
objeto
de
vejaciones
físicas
o
morales.
- Los deportistas tienen derecho a participar en el funcionamiento del Club a través de los capitanes de cada uno de los equipos y en los términos que se le det